¿Sabía que con el paso del tiempo usted puede adquirir el dominio y otros derechos reales sobre un bien?, si no sabía esta es su oportunidad para conocer que el derecho que permite bajo ciertos requisitos, que las personas con capacidad de actuar puedan adquirir cosas ajenas, el cual es conocido como prescripción adquisitiva de dominio o usucapión. Quédate para aprender más.
¿En cuales casos procede la prescripción ordinaria y extraordinaria?
Dante es poseedor de la finca “La vaca”, él desea adquirir el dominio de la finca y sus amigos le han contado que, gracias al paso del tiempo y la posesión, podría hacerlo. Los amigos de Dante están en lo correcto y esa acción que nos permite convertirnos en dueños es la prescripción adquisitiva de dominio.
Entonces para responder la pregunta, la prescripción adquisitiva de dominio procederá cuando la cosa sea susceptible de ser adquirida por prescripción adquisitiva, haya posesión y se cumpla con el tiempo definido legalmente. Vamos a ir desglosando esa pregunta.
¿Cuándo una cosa será susceptible o no de ser adquirida por prescripción adquisitiva de dominio?
No será susceptible cuando sea un bien no comerciable, como bienes del patrimonio arqueológico y los bienes fiscales; tampoco cuando se trate de derechos personalísimos, políticos y cosas indeterminadas.
Será susceptible cuando se trate de cosas comerciables, determinadas, corporales.
Solo hay prescripción cuando hay posesión
Como hemos precisado en varias ocasiones este término, aquí solamente diré que la posesión es un estadio jurídico, en la cual una persona posee un bien, sin reconocer que tiene un dueño y que ejerce actos de señor y dueño sobre este.
Si somos meros tenedores no se puede configurar la prescripción adquisitiva de dominio, pues recordemos que este si reconoce dominio ajeno.
Clases de prescripción
Para dar respuesta a lo que nos dice la normatividad con respecto al paso del tiempo, es importante señalar que existen dos tipos de prescripción, pues cada una hace referencia a un lapso diferente.
PRESCRIPCION ORDINARIA
Para poder acceder a la prescripción ordinaria, según el Articulo 2528 del Código Civil, se necesita posesión regular no interrumpida, durante el tiempo que las leyes requieren.
- La posesión regular procede de justo título, como una compraventa, donación u otra figura con la que no se haya configurado la tradición. También de la buena fe, aunque la buena fe no subsista después de adquirida la posesión
- El tiempo es de 3 años para bienes muebles y de 5 años para bienes inmuebles.
PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA
A diferencia de la ordinaria, esta se da por la posesión irregular, es decir que no hay un justo título, por lo que solo se debe probar que ocupa el bien a modo de posesión durante 10 o mas años.
Suspensión de la prescripción adquisitiva de dominio
Cuando hablamos de suspensión nos referimos a que la contabilización del término de prescripción continúa corriendo una vez desaparezca la causal de suspensión.
PRESCRIPCION ORDINARIA
Las causales son (artículo 2530 Código Civil):
- La prescripción se suspende a favor de los incapaces y, en general, de quienes se encuentran bajo tutela o curaduría.
- Se suspende la prescripción entre el heredero beneficiario y la herencia.
- Igualmente se suspende entre quienes administran patrimonios ajenos como tutores, curadores, albaceas o representantes de personas jurídicas, y los titulares de aquellos.
- No se contará el tiempo de prescripción en contra de quien se encuentre en imposibilidad absoluta de hacer valer su derecho, mientras dicha imposibilidad subsista.
PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA
No aplican las causales de la suspensión ordinaria y tampoco hay una ley que nos indique cuando hay suspensión.
Efectos de la declaración judicial de prescripción
La sentencia que declare la prescripción adquisitiva de dominio hará las veces de escritura pública en el caso de bienes raíces o derechos reales constituidos sobre estos, además debe ser inscrita en la oficina de registros, para que a partir de la fecha de registros sea oponible a terceros.
Referencias Bibliográficas
Muñoz andrade, luz madeleine. Algunas anotaciones sobre la prescripción adquisitiva. Recuperado de: https://red.uexternado.edu.co/wp-content/uploads/sites/48/2020/06/red-luz-madeleine-mun%cc%83oz-prescripcio%cc%81n-07062020-002.pdf
Gerencie.com. Prescripción adquisitiva de dominio. Recuperado de: https://www.gerencie.com/prescripcion-como-modo-de-adquirir-el-dominio.html